(mvc, Málaga, España) El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ha publicado el fallo del caso de cinco empleadas de Mercadona que tras ser filmadas con cámaras ocultas cuando estaban robando, fueron despedidas, al considerar el Alto Tribunal, por catorce jueces a favor y tres en contra, que no existía vulneración de la privacidad, no quebrantando el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Esta sentencia enmienda la plana a otra anterior (enero 2018), razonando el TEDH que los tribunales españoles han reconocido manifiestamente los intereses en juego y la vídeovigilancia fue acompañada de garantías adecuadas y suficientes, no sobrepasando el “margen de apreciación”. Si quieres acceder al texto en francés, clickea AQUÍ. Fuente de la imagen: geralt en pixabay.