Actuaciones de investigación del ChatGPT

Fuente de la iamgen: mvc archivo propio
Informa la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) del inicio de oficio actuaciones previas de investigación a la empresa estadounidense OpenAI, propietaria del servicio ChatGPT, por un posible incumplimiento de la normativa. En este sentido, la Agencia ha solicitado al Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB, por sus siglas en inglés)[1] que se incluya el servicio ChatGPT como tema a abordar en su reunión plenaria, al considerar que los tratamientos globales que pueden tener un importante impacto sobre los derechos de las personas requieren de acciones armonizadas y coordinadas a nivel europeo en aplicación del Reglamento General de Protección de Datos.

El Comité ha decidido en el Plenario[2] lanzar un grupo de trabajo[3] para fomentar la cooperación e intercambiar información sobre las acciones llevadas a cabo por las autoridades de protección de datos. De esta forma, la AEPD actúa en paralelo en el marco de sus potestades y competencias como autoridad nacional de supervisión y control[4]. La Agencia aboga por el desarrollo y la puesta en marcha de tecnologías innovadoras como la inteligencia artificial desde el pleno respeto a la legislación vigente, ya que considera que sólo desde ese punto de partida puede llevarse a cabo un desarrollo tecnológico compatible con los derechos y libertades de las personas. Fuente de la información: AEPD.
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[1] Del que la AEPD forma parte junto a otras autoridades de protección de datos del EEE.
[2] Celebrado recientemente.
[3] Task forcé: EDPB resolves dispute on transfers by Meta and creates task force on Chat GPT.
[4] Además de en coordinación con sus homólogas europeas a través del Comité.