Servicio Integrado de Gestión Notarial y DNI

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(mvcMálaga, España). Informa el Consejo General del Poder Judicial Español (CGPJ), que el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Consejo General del Notariado (CGN) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anuló el acuerdo del Pleno de dicho Consejo[1], que aprobó la digitalización del DNI[2], a través de la creación en la plataforma SIGNO[3] de un servicio de digitalización y grabación centralizada y gratuita de los datos del índice informatizado relativo a la documentación mercantil que afecta a la titularidad real.

La sentencia del TSJ de Madrid, ahora ratificada, anuló el mencionado acuerdo corporativo y ordenó al Consejo General del Notariado la destrucción certificada de todos los datos y documentos que pudiera disponerse en su ejecución y estuvieran a su disposición directa o en poder de la mercantil interpuesta constituida por el mismo Consejo «Agencia Notarial de Certificación» («ANCERT SRLU»). El TSJ estimó un recurso del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España y de varios notarios.

La sentencia subraya que el debate no es si la creación del nuevo fichero único sería más idónea para la lucha contra el blanqueo de capitales, sino si[4] la creación de dicho fichero puede hacerse motu proprio por el CGN y en ejercicio de una potestad, la de dictar circulares, con un contenido muy concreto y que a la vista de lo regulado excede de ese ámbito doméstico y constituye una auténtica norma reglamentaria. Fuente de la información: CGPJ; fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] De 16 de diciembre de 2017.
[2] Documento nacional de identidad.
[3] Servicio Integrado de Gestión Notarial.
[4] Aun aceptando esa utilidad, “que no está acreditada”.