Tecnologías y Protección de Datos en las AAPP

Fuente de la imagen: AEPD, portada de la guía
(mvc, Málaga, España). Informa la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), de la publicación de la Guía Tecnologías y Protección de Datos en Administraciones Públicas (AAPP)[1], en la que analiza algunas de las tecnologías que están aplicándose en las AAPP, los riesgos inherentes a su uso en lo relativo a la protección de datos personales y las salvaguardas que deben ser implementadas por estas. La Guía examina cookies y otras tecnologías de seguimiento, uso de las redes sociales, cloud computing, big data, inteligencia artificial, blockchain y smart cities. Su contenido se ampliará en versiones sucesivas, extendiéndolo a otras tecnologías específicas.

Los servicios implementados en las AAPP están guiados por el servicio público, si bien el tratamiento de datos que realizan tiene un riesgo característico derivado de la cantidad de datos recogidos, el volumen de personas afectadas, la imposibilidad de oponerse al tratamiento en muchos casos y el desequilibrio existente entre Administración y ciudadanos. Las AAPP[2], antes de poner en marcha nuevas actividades de tratamiento o modificar servicios ya prestados, deben identificar los riesgos a los que puede estar expuesto el tratamiento y adoptar las medidas técnicas y organizativas que permitan eliminar o al menos mitigar los daños que pudieran derivarse del mismo[3]. Fuente de la información y de la imagen: AEPD.
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[1] Guía Tecnologías y Protección de Datos en Administraciones Públicas. AEPD. 2020. Documento visitado el 19/11/2020.
[2] como responsables del tratamiento de los datos de los ciudadanos.
[3] para los derechos y libertades de las personas.