Fuente de la imagen: elaboración propia. |
Asimismo, los organismos competentes para el ejercicio de la función estadística pública podrán denegar las solicitudes de ejercicio por los afectados de los derechos establecidos en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD)[4], cuando los datos se encuentren amparados por las garantías del secreto estadístico previstas en la legislación estatal o autonómica, según establece la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)[5]. En el ámbito de las potestades de investigación y planes de auditoría preventiva de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), los funcionarios que desarrollen actividades de investigación tendrán la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, y estarán obligados a guardar secreto sobre las informaciones que conozcan con ocasión de dicho ejercicio, incluso después de haber cesado en él[6] (Fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: archivo propio.
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[1] Riofrío Martínez-Villalba, Juan. El derecho de los secretos. Editorial Temis.2009.
[2] Al contrario de lo que ocurre con tipos de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio.
[3] Art. 5 LOPDGDD.
[4] Artículos 15 a 22 del RGPD.
[5] Art. 26.3 LOPDGDD.
[6] Art. 51.4 LOPDGDD.