Fuente de la imagen: portada de la guía |
Por su parte, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece en su artículo 24 la obligación por parte de aquellos que tratan datos de aplicar “medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con el presente Reglamento”. En ese sentido, recientemente la AEPD ha publicado un documento con los requisitos para auditorías de tratamientos de datos personales que incluyan Inteligencia Artificial[1], ofreciendo orientaciones y un listado de posibles objetivos de control y controles específicos que podrían incorporarse en estas auditorías desde una perspectiva de protección de datos. Fuente de la información y de la imagen: AEPD.
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[1] AEPD. Requisitos para auditorías de tratamientos de datos personales que incluyan Inteligencia Artificial. Sitio visitado el 12/01/2021.