Nueva versión de Facilita RGPD

La Agencia Española de Protección de Datos, AEPD lanzó en septiembre de 2017 la herramienta Facilita_RGPD. Pues bien, la AEPD informa de una nueva versión de Facilita RGPD, una herramienta gratuita para ayudar a las empresas y profesionales que traten datos personales de escaso riesgo a cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018. Está planteada como un cuestionario online con una duración máxima de 20 minutos con el que las empresas y profesionales pueden, en primer lugar, constatar a través de una serie de preguntas que los datos que tratan pueden considerarse de bajo riesgo y, en segundo lugar, obtener los documentos mínimos indispensables para facilitar el cumplimiento de la normativa.

Entre las mejoras implementadas se encuentra el desarrollo con mayor detalle de las cláusulas de información que se generan para cada uno de los tratamientos realizados por el responsable, incluyendo la referencia al derecho a presentar una reclamación ante la Agencia si el interesado no ha quedado satisfecho en el ejercicio de sus derechos ante la entidad. También, se facilita el ejercicio de derechos por medios electrónicos al añadir un nuevo campo en el cuestionario de la herramienta que ofrece la posibilidad de incluir un correo electrónico habilitado al efecto para atender las solicitudes de ejercicio de derechos, quedando reflejado este nuevo canal de atención en las cláusulas informativas.

En el caso de tratamiento de datos de potenciales clientes con fines publicitarios, se ha incluido una cláusula en el contrato suscrito con las agencias de marketing -como encargadas- que les obliga a consultar los sistemas de exclusión publicitaria (Lista Robinson) de forma previa a la realización de comunicaciones comerciales. En el caso de que existan contratos suscritos con empresas de servicios, se ha incorporado una nueva cláusula de confidencialidad para aquellos casos en los que el servicio prestado suponga únicamente un acceso accidental y accesorio a los datos personales, pero sin llegar a tener acceso a los sistemas de información. Igualmente, se ha reestructurado el anexo final, separando claramente la información relativa a la atención de las solicitudes de ejercicio de derechos, las medidas de seguridad y el protocolo a seguir en caso de captación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia. Asimismo, se ha ampliado la información en el apartado de atención de solicitudes de ejercicio de derechos en materia de protección de datos, desarrollando más extensamente la información de cada uno de los derechos e incluyendo un enlace a los formularios publicados en la web de la Agencia. 

En cumplimiento del deber de información establecido en el Reglamento General de Protección de Datos y en el artículo 22.4 de la Ley Orgánica 3/2018, se facilita el distintivo informativo de señalización de zona videovigilada ya cumplimentado con los datos del responsable del tratamiento. Finalmente, la AEPD advierte que es un programa de ayuda general y como tal no es perfecto para todos los casos porque puede haber peculiaridades de cada empresa que no pueden tenerse en cuenta. Los documentos resultantes de la ejecución de este programa serán válidos en la medida que las respuestas facilitadas a cada una de las preguntas sean ciertas y son los mínimos indispensables para facilitar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos. El uso del programa no garantiza el pleno cumplimiento del RGPD. Fuente de la información: AEPD. Fuente de la imagen: Macedo Media en pixabay.